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Una intervención judicial disparatada

Beinusz Szmukler *

Publicado: viernes, 23 septiembre 2022

El caso judicial del “avión venezolano” constituye una arbitraria, ilegítima y burdamente injustificada intervención judicial en los derechos fundamentales de 19 personas, en el derecho de propiedad de la firma venezolana “Empresa de Transporte de Aerocargo del Sur S.A”, y una peligrosa afectación de la soberanía de la República Bolivariana de Venezuela, protagonizada irresponsablemente por Federico Villena, juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de Lomas de Zamora.

El pasado 6 de junio, la aeronave Boeing 747­300,serial 23413 de la empresa EMTRASUR, arribó al Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en circunstancias absolutamente regulares, de acuerdo con el plan de vuelo y  la Declaración General previamente autorizados. 

La tripulación estaba conformada por 14 ciudadanos venezolanos y 5 ciudadanos iraníes que se desempeñaban como instructores de vuelo. La aeronave fue adquirida por la Empresa Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios S.A. (“Conviasa”) durante el año 2021. Se trata de una aeronave fabricada en el año 1986, cuya explotación comercial solo resulta rentable para una empresa venezolana debido al costo del consumo promedio de combustible por hora de vuelo. 

La firma vendedora fue Mahan Air, aerolínea privada radicada en Irán.

El 13 de junio de 2022, el juez Villena dispuso retener los documentos de viaje de los 19 tripulantes, prohibir su salida del país y secuestrar la aeronave. Los tripulantes fueron sometidos a “vivir” en un hotel, vigilados, siendo requisadas todas y cada una de sus pertenencias, hasta las más íntimas imaginables.

Los motivos para la “formación” de la causa, y para las medidas restrictivas impuestas son  inexistentes. Jamás fue controvertido que la aeronave se encontraba y sus tripulantes se encontraban autorizados para aterrizar en la República Argentina. El plan de vuelo y la declaración general de vuelo estaban autorizados. Ninguna “causa” hubiese existido jamás si la aeronave recibía el aprovisionamiento de combustible necesario para su retorno, de conformidad con el plan de vuelo aprobado.

Sin embargo, por motivos que se desconocen -y muy llamativamente-, el Broker de combustible World Fuel Service canceló la orden de carga previamente aprobada, y así fue que la aeronave quedó imposibilitada de emprender su regreso luego de despachada la carga absolutamente regular y declarada que transportaba. Lo propio hicieron las demás compañías de combustible, para sorpresa de todas las autoridades aeroportuarias.

La Policía Federal Argentina, desde el primer momento, dejó constancia en la causa de no haberse advertido elementos que permitieran tener por mínimamente corroborado el acaecimiento o intento de algún delito. La Policía de Seguridad Aeroportuaria, por su parte, consultó a las compañías por qué no le cargaban combustible a la aeronave -sin obtener respuestas concretas-.

El juez Villena, en cambio, entendió que sí correspondía instruir una causa, aún sin saber por qué razones, con qué hipótesis. Una clarísima “operación de pesca” en cuyo marco ordenó y produjo más de 138 medidas de prueba, cuyos resultados negativos demuestran una vez tras otra el rotundo fracaso de intentar “buscar” delitos donde no los hay, dejando cada vez más al descubierto que jamás existieron motivos para el inicio de la causa, y mucho menos, para privar de la libertad a (19) personas.

Las actitudes del juez Villena, y de la Fiscal Cecilia Incardona resultan coincidentemente “insólitas”. En fecha 1.8.2022, el juez indicó: “… Tal como ha señalado la Sra. Fiscal Federal interviniente en su dictamen, ´se investiga aquí si la tripulación que arribó el 6 de junio de 2022, a las 15:30 hs. a bordo de la aeronave Boeing 747-300M Dreamliner, matrícula YV3531, perteneciente a la compañía aérea Emtrasur, a la Terminal de Cargas TCA del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, se encontraba vinculada a algún tipo de actividad o grupo terrorista, o bien si sobrevolaron y aterrizaron en nuestro país con alguna finalidad delictiva. La sospecha inicial derivó de ciertos indicios que se agudizaron, principalmente con la información recibida posteriormente por parte del FBI´…”; es decir, ni el juez ni la Fiscal han podido exponer concretamente cuáles son los hechos supuestamente ilícitos que investigarían y qué pruebas, al menos indiciarias, les permitirían sostener tales hipótesis

Para peor, aquél informe remitido por el FBI, basado en tareas de inteligencia extranjera, específicamente consigna que no podría ser utilizado en el marco de una causa judicial y/o una investigación penal, sin embargo el juez Villena no solamente lo utilizó sino que además permitió su filtración pública. Sépase: el “informe” no contiene (1) sola evidencia de cargo. 

Aún sin contar con una hipótesis de incriminación, ni siquiera con indicios de “algún” delito, el juez se permitió referir que para privar de la libertad a los tripulantes había llevado a cabo un “test de proporcionalidad”, vaya uno a saber cómo se analiza la proporcionalidad de una restricción si ni siquiera se sabe con qué objeto de investigación ha de ponderársela.

La Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de La Plata, a pedido de la defensa -pero en este punto también a pedido del Fiscal General ha tomado nota de esta “mega e insólita causa”, tanto que en una decisión muy poco usual, confirió tan solo (10) días al juez para que hiciera mérito de la investigación, es decir, para que concretamente exponga si existen o no hechos que pueda describir al menos como prima facie delictivos.

De momento, entonces, subsiste una causa sin objeto, formada y continuada por la sola voluntad de un juez; sin que nadie sepa qué investiga, qué busca, o porqué pretende mantener subsistentes esas actuaciones en cuyo marco se han cometido un sinnúmero de irregularidades, como p. ej., -y entre muchas otras-, medidas de prueba invasivas de la intimidad sin ningún control de parte ni parámetros objetivos de búsqueda (¿Espionaje?).

Paralelamente, en fecha 28 de julio de 2022 el  Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América remitió una “solicitud de asistencia internacional” requiriendo al juez Villena que, secuestrase la aeronave poniéndola a disposición de ese país, “… hasta que el fiscal pueda obtener una orden de decomiso definitiva del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Colombia…”.

El juez Federico Villena, echando mano a un Tratado internacional que no resulta ser el aplicable al caso, hizo lugar al pedido del Gobierno de los Estados Unidos de América, ordenando el secuestro de la aeronave y poniendo a cargo de su conservación y custodia al Servicio de Alguaciles de ese país. Esta es otra muestra de que el magistrado local,  no ha encontrado un solo motivo para retener la aeronave, tanto que ni siquiera es de su interés mantener el dominio de la custodia.

Todo ello, luego de reiterados allanamientos con resultado negativo que él mismo practicó sobre el avión, incluso con la “colaboración” de un agregado del FBI. Inentendible e ilegítima intromisión en los derechos de la empresa EMTRASUR, y en definitiva, de la República de bandera de la aeronave.

Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación han reclamado al magistrado por haber violado la confidencialidad de las actuaciones; actitud que no es “novedosa” en el, y que motivó a la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de La Plata a ordenarle que se abstenga de revelar información de la causa. 
        En síntesis, cabe afirmar que la injustificada retención del avión  y  el impedimento para la salida  del país de sus tripulantes viola principios fundamentales del derecho  internacional,  afecta las  relaciones interestatales, y la seguridad del transporte aéreo y genera el derecho al reclamo de los afectados a la indemnización por los daños producidos.

* Presidente Consultivo de la Asociación Americana de Juristas

2 Comentarios

  1. Avatar

    Hola, quiero recibir este gran material.

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    • Avatar

      Hola por suerte los encontre y estoy comenzando una etapa de compartir entre todos.

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